lunes, 1 de julio de 2013

Puntos importantes del I.E.T.U. que se grava, que se deduce y que se acredita.

El IETU es un impuesto aplicable a las personas físicas y personas morales que sean residentes en México o en el extranjero pero con establecimiento permanente en este país, por los ingresos que perciban en este establecimiento.



Pero, que ingresos grava el IETU ?

a) La enajenación de bienes
b) La prestación de servicios profesionales independientes
c) Arrendamiento de inmuebles

Los ingresos mencionados anteriormente serán gravados por el IETU en el momento de su cobro y las deducciones se efectuarán en el momento de pago, de manera que el IETU es un impuesto sobre el  flujo de efectivo a diferencia del ISR.

Que se deduce del IETU ?

Siempre que correspondan a erogaciones absolutamente indispensable para poder obtener ingresos grabados por el IETU son las siguientes

a) adquisición de bienes  (Mercancías y  activos fijos)
b) Adquisición de servicios profesionales independientes
c) arrendamiento de inmuebles

Que no se deduce en IETU ?

Para IETU no se deducen los sueldos,  asimilados y las aportaciones patronales de seguridad social, pero si son acreditables contra el IETU en un porcentaje igual a la tasa del IETU 17.5 % desde el  201. 

Que se acreditan?

El primer acreditamiento con el IETU  a cargo, es el del credito fiscal por deducciones mayores que ingresos, que pueden efectuarse durante 10 ejercicio posteriores hasta agotarlo.

El segundo acreditamiento es el de las erogaciones  de sueldos y asimialdos efectivamente pagadas  y aportaciones patronales de seguridad social

El tercer acreditamiento es el principal por que e el ISR propio por acreditar

El cuarto acreditamiento son los pagos provisionales del IETU efectuados durante el ejercicio



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