Para hacer sus deducciones o acreditamientos, usted puede comprobar las
adquisiciones de bienes o servicios sólo con los estados de cuenta cumpliendo
con los requisitos contenidos en la fracción II del artículo 29-B del Código
Fiscal de la Federación y en la Regla I.2.8.2.3 de la Resolución Miscelánea
Fiscal para 2013, tales como:
- Que cada transacción sea igual o inferior a 50 mil pesos sin incluir el importe del IVA, en su caso.
- Que el estado de cuenta contenga el Registro Federal de Contribuyentes tanto de la persona que enajena el bien o preste el servicio, como de la persona que lo adquiere o recibe.
- Que quien adquiera los bienes o disfrute su uso o goce o reciba el servicio registren en su contabilidad las operaciones amparadas en el estado de cuenta.
Adicionalmente
deberá conservar el original del estado de cuenta durante el plazo que
establece el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario